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  • EDITORIAL

¿En que centraran el recurso financiero en materia de salud?




La semana pasada se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones a la Ley de Coordinación Fiscal y a la Ley General de Salud con el propósito de cambiar la manera en que se distribuye el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), al cual las entidades federativas han tenido acceso desde 1998. Con estas reformas se formaliza la transferencia de los recursos financieros relacionados con la salud de las entidades federativas que optaron por integrarse al Organismo Público Descentralizado IMSS-Bienestar (OPD IMSS-Bienestar). Cabe recordar que las entidades federativas tienen la facultad de organizar, operar, supervisar y evaluar distintos servicios de salubridad general, entre los que destacan la atención médica, la promoción de la formación de recursos humanos para la salud, la coordinación de la investigación para la salud, la prevención y el control de enfermedades transmisibles, entre muchos otros. Con el propósito de facilitar la realización de estos servicios y bajo el Ramo 33 (Fondo de Aportaciones Federales), un mecanismo presupuestario destinado a transferir recursos a estados y municipios para fortalecer su capacidad de respuesta y atender las demandas de la población en diversas áreas, se estableció en 1997 el FASSA. Este fondo fue creado para respaldar con recursos financieros las labores que llevan a cabo las entidades federativas en el ámbito de la salud. Dichos recursos se distribuían con base en distintos criterios como el inventario de infraestructura médica y las plantillas de personal, los recursos con cargo a las previsiones para Servicios Personales, los recursos para cubrir el gasto de operación e inversión y por otros recursos a fin de promover la equidad en los servicios de salud. Ahora bien, con la creación del OPD IMSS-Bienestar, los estados de la República tienen la posibilidad de ceder sus responsabilidades sanitarias a dicho organismo y hasta el momento 23 de las 32 entidades federativas optaron por esta opción. Por ello, las reformas publicadas la semana pasada tienen como objetivo establecer dos mecanismos distintos para la distribución de los recursos del FASSA: uno destinado a las entidades federativas adheridas al Organismo Público Descentralizado IMSS-Bienestar y otro para aquellas no vinculadas al organismo. En el caso de las entidades federativas que se han adherido al OPD IMSS-Bienestar, se verán afectadas en cuanto al acceso a la mayoría de los recursos del FASSA. Esto se debe a que los recursos que antes les correspondían serán presupuestados y otorgados directamente a través del OPD IMSS-Bienestar en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Estas entidades solo recibirán recursos del FASSA para: Formular y desarrollar programas locales de salud. Llevar a cabo los programas y acciones relacionados con la salubridad local y elaborar información estadística local y proporcionarla a las autoridades federales competentes. Por otro lado, las entidades federativas no adheridas al OPD IMSS-Bienestar, como Aguascalientes, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, Durango, Yucatán, Querétaro y Coahuila, seguirán recibiendo los recursos del FASSA de la manera habitual. Esto se debe a que mantendrán la responsabilidad de prestar los servicios generales de salubridad que les asigna la fracción I del Apartado B del artículo 13 de la Ley General de Salud.

No obstante, para obtener una comprensión más clara de esta situación, es pertinente presentar cifras concretas que ilustren las implicaciones para las entidades federativas. Con este propósito, tomo como referencia el recién publicado Presupuesto de Egresos de la Federación 2024 (PEF 2024), donde se asignó un total de 135 mil 589 millones de pesos al FASSA. Estos recursos se distribuirán entre las entidades federativas según los criterios mencionados anteriormente, como se evidencia en la gráfica 1. Considerando que las entidades federativas que optaron por unirse al OPD IMSS-Bienestar solo tendrán asignadas las responsabilidades de formular y desarrollar programas locales de salud, así como elaborar información estadística local para proporcionarla a las autoridades federales competentes, se puede afirmar que estas entidades cederán aproximadamente el 90 % de los recursos que antes recibían a través del FASSA. Esto se debe a que la provisión de servicios de salud tanto a nivel individual como comunitario será responsabilidad del OPD IMSS-Bienestar, según lo establecido por las reformas recientemente aprobadas. Así pues, en 2024 el OPD IMSS-Bienestar recibirá aproximadamente 106 mil millones de pesos adicionales procedentes del FASSA, recursos que pertenecen a las entidades federativas adheridas. Sin embargo, persisten incertidumbres respecto a la distribución de estos fondos para cubrir la nómina del personal de salud vinculado a los sistemas estatales de salud financiados por el FASSA, así como para el mantenimiento y equipamiento de las unidades de salud, la construcción y remodelación de hospitales, y los programas de vacunación, entre otros aspectos.

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