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MĂ©xico impone aranceles de entre 156 % y 210 % a  importaciones de azĂșcar

  • EFE
  • hace 17 horas
  • 2 Min. de lectura

Ciudad de MĂ©xico.- El Gobierno de MĂ©xico emitiĂł este lunes un decreto en el que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de ImportaciĂłn y de ExportaciĂłn, a fin de incrementar los aranceles al azĂșcar de entre el 156 % y hasta 210.44 % ad-valorem (segĂșn el valor).

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El documento, que fue publicado en la ediciĂłn vespertina de este lunes del Diario Oficial de la FederaciĂłn (DOF), señala que "el arancel de importaciĂłn vigente para el azĂșcar, bajo trato de naciĂłn mĂĄs favorecida, no ofrece la protecciĂłn suficiente a la agroindustria nacional ante la caĂ­da de los precios internacionales".

Precisa que a partir de este martes impondrĂĄ los aranceles a las importaciones de azĂșcar originaria de los paĂ­ses miembros de la OrganizaciĂłn Mundial de Comercio (OMC), excepto con aquellos con los que ha pactado una apertura en acuerdos comerciales.

El documento señala que el Gobierno Federal "tiene la obligación de implementar los mecanismos necesarios que generen estabilidad en los sectores de la industria nacional y que permitan eliminar distorsiones en el comercio", para salvaguardar el equilibrio del mercado global en concordancia con el derecho internacional y los compromisos internacionales adquiridos por nuestro país.

AdemĂĄs menciona que "la agroindustria de la caña de azĂșcar en MĂ©xico enfrenta una situaciĂłn de sobreoferta de azĂșcar en el mercado nacional que estĂĄ poniendo en riesgo la rentabilidad y viabilidad de toda la cadena productiva".

TambiĂ©n indica que "el arancel de importaciĂłn vigente para el azĂșcar, bajo trato de naciĂłn mĂĄs favorecida, actualmente no ofrece la protecciĂłn suficiente a la agroindustria nacional dada la caĂ­da de los precios internacionales de este producto".

Ante ello, el Gobierno federal publicĂł en el DOF el citado decreto que apunta como necesario "modificar los aranceles especĂ­ficos aplicables de 0,36, 0,338 y 0,39586 dĂłlares por kilogramo (dĂłlares estadounidenses por kilogramo) a 156 % ciento y 210,44 % ad-valorem (segĂșn el valor) declarado del bien en aduana que incluye costo, seguro y flete).

El documento tambiĂ©n precisa que para los productos de azĂșcar lĂ­quida refinada y azĂșcar invertido, el arancel de importaciĂłn serĂĄ de 210,44 % por kilogramo y para la remolacha azucarera, con adiciĂłn de aromatizante o colorante, con un contenido de azĂșcar superior o igual al 90 % en peso, jarabes aromatizados o con adiciĂłn de colorantes, tendrĂĄn un arancel de 156 % por kilogramo.

A mediados de octubre pasado, el Gobierno mexicano anunciĂł un acuerdo con la industria de bebidas azucaradas que incluye la reducciĂłn de 30 % del contenido de azĂșcar en refrescos, restricciones a la publicidad dirigida a menores y una diferenciaciĂłn de precios entre bebidas azucaradas y sin calorĂ­as, a cambio de moderar el incremento al impuesto especial (IEPS) originalmente propuesto.

El acuerdo fue mantener el IEPS en 3,08 pesos (0,17 dĂłlares) por litro para bebidas con azĂșcar, pero las versiones sin calorĂ­as pagarĂĄn 1,50 pesos (0,081 dĂłlares).

MĂ©xico es uno de los mayores consumidores de refrescos del mundo, con un promedio de 166 litros por persona al año, segĂșn datos oficiales.

El consumo de bebidas azucaradas estĂĄ vinculado con la alta prevalencia de obesidad y diabetes tipo 2, principales causas de muerte en el paĂ­s.

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