SAT podrá bloquear empresas por “mera presunción”
- CARLOS LUNA
- hace 33 minutos
- 2 Min. de lectura
Tuxtla .- En un escenario de creciente rigor y tecnificación fiscal, el doctor Jorge Enrique Padilla Argüello, contador público certificado y socio de la firma internacional Kreston BSG, alertó a la comunidad empresarial sobre un cambio radical en la actuación del Servicio de Administración Tributaria (SAT): a partir de 2026, la autoridad podrá restringir operaciones e invalidar facturas basándose únicamente en presunciones, sin necesidad de una comprobación previa.

Durante su participación en un foro para empresarios, Padilla Argüello destacó que el próximo año planteará desafíos clave en ciberseguridad, automatización y reformas legales. Sin embargo, enfatizó que la mayor amenaza provendrá de la capacidad tecnológica y el nuevo criterio del SAT para actuar de manera preventiva —y a veces drástica— contra los contribuyentes.
El especialista explicó el mecanismo más preocupante: si el SAT presume que un contribuyente incurre en irregularidades, podrá suspender inmediatamente el uso de sus sellos digitales, lo que implica la incapacidad de facturar.
“Esto bloquea por completo la operación. Sin facturación, no hay ingresos”, advirtió.
De manera paralela, el SAT podrá cancelar de forma automática los CFDI (comprobantes fiscales) que un negocio reciba de sus proveedores si presume que las operaciones son falsas o no apegadas a la ley. Esta cancelación anula el derecho a deducir impuestos, elevando así la carga fiscal de manera súbita.
Padilla Argüello subrayó que el peligro no se limita a las propias operaciones de una empresa, sino que se extiende a toda su red de proveedores.
Puso como ejemplo: “Si un proveedor factura un servicio de obra, pero su constancia de situación fiscal no incluye esa actividad, el SAT puede detectarlo con sus sistemas, cancelar ese CFDI y presumir que toda la operación es falsa”.
Frente a este panorama, el experto hizo un llamado urgente a adoptar una “cultura de la prevención” y recomendó a las empresas:
Verificar exhaustivamente a sus proveedores, solicitando acta constitutiva, constancia de situación fiscal y contrato, para asegurar que las actividades facturadas coincidan con lo registrado ante el SAT.
Mantener actualizado su propio objeto social y actividades ante el fisco, para no convertirse en un riesgo para sus clientes.
Emitir CFDI con estricto apego a los conceptos registrados y requisitos formales.
“Son trámites engorrosos, pero más vale estar seguro que arriesgarse a que el SAT cancele un comprobante y te paralice”, recalcó.
Padilla Argüello concluyó señalando que la combinación de motores cibernéticos más avanzados en el SAT y un marco legal que permite actuar por presunción hará que 2026 sea un año de alto riesgo para las empresas desprevenidas.
“La debida diligencia con proveedores y el fortalecimiento de los procesos internos ya no son opcionales; son una necesidad para la supervivencia operativa y fiscal”, afirmó.




