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  • RUBÉN PÉREZ

Severas multas para empresarios que no cuenten con verdaderos avisos de privacidad

La simulación de las empresas para la protección de datos de sus clientes podría traer serias consecuencias, pues el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) podría requerirlos ante una situación así y, por ende, se les iniciaría un procedimiento, hasta concluir con la sanción respectiva, con multas que van desde más de 8,633 pesos hasta más de 27 millones.


Así lo aseveró Eliseo Marín, consultor chiapaneco, quien afirmó que la sanción dependerá del tamaño de la compañía y de la gravedad del asunto. “Nos hemos encontrado con un sinfín de empresas que cuentan con su página web y su ‘Aviso de Privacidad’, pero lamentablemente el propietario y/o empresario no se ha dado cuenta o lo han mal asesorado o engañado; haciéndole creer que cuenta con una protección de datos personales, por el simple hecho de exhibir uno”.

Al hacer el análisis del documento que exhiben, puntualizó, éste no pasa una revisión por parte de la autoridad federal, ya que la gran mayoría, es decir el 95 por ciento de esos “Avisos de Privacidad”, carecen de muchos elementos, los cuales son necesarios para que el ciudadano (cliente o empleado) sepa sobre el tratamiento al que son sometidos sus datos personales y cómo serán protegidos.

“Por lo que el sector empresarial, por desgracia, ha caído en una simple simulación, que tarde o temprano puede traer consecuencias graves a la empresa”, insistió el especialista.

Aunado a esto, refirió que el empresario, contador, administrador o gerente de la empresa, no sabe y desconoce por completo que es importante que la empresa cuente con mecanismos de seguridad, “candados” jurídicos administrativos, procedimientos de ejercicio de derechos Arco, contar con un responsables y por supuesto el personal debe de estar capacitado en el conocimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Mencionó que el INAI, para poder imponer la sanción correspondiente, podrá solicitar los estados financieros de la empresa, “y de esa forma imponer la multa, para que al final, el que ejecute sea el Servicio de Administración Tributaria, el SAT”.

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