90 mil presos sin sentencia

A unos cuantos días de que termine el sexenio y, en medio de la discusión por la reforma judicial que supuestamente busca acabar con la corrupción e impunidad, así como que la gente realmente pueda acceder a la justicia, vale la pena revisar que efectos ha tenido la aplicación de la prisión preventiva oficiosa en nuestro país, al ser una de las principales apuestas gubernamentales para combatir la inseguridad y violencia. Recordemos que, al inicio de la administración del presidente López Obrador, se promulgó una reforma constitucional por la que se amplió significativamente el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, es decir, que en automático una persona denunciada siga su proceso privada de su libertad hasta en tanto se determina su responsabilidad o inocencia y se dicta sentencia. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas (ONU) reportó que en México hay 90 mil personas presas que se encuentran “en proceso”, es decir, sin sentencia, de las cuales alrededor del 50% está sujeta a detención preventiva oficiosa, una figura que viola el derecho a la libertad personal. La agrupación visitó el país del 18 al 29 de septiembre de 2023 por invitación del Gobierno de México. Este martes presentó su informe, el cual señaló que “ofrece una oportunidad”, pues aunque encontraron cambios positivos en el sistema penal, detectaron que la detención arbitraria aún es una práctica generalizada en el país que afecta particularmente a integrantes de los Pueblos Indígenas. Expertos señalaron en el reporte, Visita a México – Informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria‘ que muchas de las personas detenidas “habían sido sometidas a una prisión preventiva oficiosa prolongada”, en algunos casos por más de cinco años. “Es preocupante que la detención preventiva excesivamente prolongada es común entre todas las personas detenidas”, aseveró el grupo de trabajo al indicar que esta figura contribuyó a una población de cerca de 230 mil personas encarceladas , según cifras de julio de 2023. En su informe, la agrupación también externó su preocupación por esta figura debido al riesgo de socavar otros derechos, como la presunción de inocencia, integridad personal, la independencia judicial y la igualdad ante la ley.
En tanto, indicó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la prisión preventiva oficiosa como una violación de las obligaciones de México, por lo que ordenó a las autoridades del país ajustar sus leyes para cumplir con los estándares internacionales. Asimismo, expertos hicieron un llamado para que la prisión preventiva oficiosa solo pueda ser aplicada en función de una evaluación individualizada de cada caso. “El Grupo de Trabajo insta a México a armonizar su enfoque sobre la detención preventiva oficiosa de la Constitución y estableciendo que ésta solo pueda aplicarse en función de una evaluación individualizada en la que se demuestre el riesgo de fuga, la interferencia con las pruebas o la repetición del delito”. En el informe, el Grupo de Trabajo reconoció avances positivos en México como la transición a partir de 2008 hacia un modelo acusatorio de justicia penal, la extensión del amparo a los derechos humanos reconocidos a nivel internacional, así como la Ley Nacional de Ejecución Penal de 2016 y la introducción de un Registro Nacional de Detenciones. No obstante, apuntó que también persisten deficiencias en el sistema de justicia penal como es la figura de arraigo, la detención preventiva oficiosa, la militarización de la seguridad que ha contribuido a un incremento de violaciones a los derechos humanos, el uso excesivo de fuerza al momento de las detenciones, la falta de acceso a la asistencia de abogados calificados y ataques a la independencia judicial. En el caso del Registro Nacional de Detenciones, la agrupación celebró que la reforma constitucional de 2019 haya permitido establecerlo. Sin embargo, aseveró que éste no registra todas las detenciones y crea una brecha de información, pues no incluye las detenciones administrativas de migrantes y personas con discapacidad psicosocial. “No se incluyen las detenciones administrativas de migrantes y personas con discapacidad psicosocial, lo que crea una brecha de información que reduce la capacidad de las autoridades para prevenir y remediar la detención arbitraria de migrantes y otras personas en situación de vulnerabilidad”.
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