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  • MIGUEL BARBA

Selva Política




*El Estado Mexicano Debe dar Opción a las Personas de Elegir Vacuna AntiCovid

*Piden Inhabilitar a Servidores Públicos que Desvíen Donaciones a Damnificados

El diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (PVEM) planteó que el Estado brinde a personas la opción de elegir vacunas seguras y de calidad que deseen aplicarse, con previo registro ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Indicó que con ese propósito presentó una iniciativa para reformar los artículos 157 Bis 1 y 157 Bis 11 de la Ley General de Salud. 

Asimismo, busca facilitar a empresas farmacéuticas que han iniciado el proceso de obtención del registro sanitario ante Cofepris la autorización de comercializar libremente las vacunas y los medicamentos. 

Vacunas disponibles y en suficiencia para la población, debidamente autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), demandó Carrillo Soberanis. 

Aclaró que en periodo de emergencia hay una excepción, la autoridad sanitaria establecerá las bases jurídicas y de transparencia para otorgar los registros sanitarios en plazos que demande la salud pública y facilitará la liberación de biológicos en un tiempo no mayor a dicha urgencia. 

“La iniciativa de ley tiene como objetivo el acceso amplio y libre de estos productos y que la inoculación universal sea una herramienta de salud pública, que ayude a reducir la morbilidad y mortalidad por enfermedades prevenibles; acelere la cobertura en la vacunación y en el caso del Covid 19 garantice el suministro de dosis de las recientes versiones diseñadas específicamente para combatir las nuevas variantes del virus”.

Recordó que en septiembre de este año cuando Cofepris emitió la convocatoria que permite a privados la venta de las vacunas contra el Covid-19, después de poco más de tres años de la llegada de la pandemia a México el organismo precisó que las autorizaciones otorgadas con antelación se mantendrán vigentes, a fin de continuar con la Política Nacional de Vacunación contra el coronavirus.

Por otra parte, la diputada Olga Luz Espinosa Morales (PRD) informó que promueve una iniciativa para considerar “falta grave” que servidores públicos hagan desvío de donaciones destinadas a víctimas de siniestros, como el huracán “Otis” que provocó daños en municipios de Guerrero.

Resaltó que se cumplen dos meses de la catástrofe causada por el huracán “Otis” en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, Guerrero, donde las y los damnificados siguen padeciendo el apoyo a cuentagotas. 

Además, se incrementaron denuncias contra autoridades que ocultan, desvían y comercializan donaciones en especie, y permanecen impunes porque no se contemplan sanciones ante este supuesto.

Dijo que de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas las “faltas graves” pueden ser la “suspensión” (por un periodo de 30 a 90 días naturales), “destitución” (del empleo, cargo o comisión), “sanción económica” (que podrá alcanzar hasta dos tantos del beneficio obtenido), “inhabilitación temporal” (de 3 meses a un año, cuando no se cause daños o perjuicios, no exista beneficio o lucro alguno; de 1 a 10 años si el monto de la afectación de la falta administrativa grave no excede de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; o de 10 a 20 años si se excede de dicha suma). 

Y a juicio del Tribunal podrán ser impuestas a la persona infractora una o más de las penalidades aquí señaladas. 

Espinosa Morales propone cambios a las leyes General de Responsabilidades Administrativas y General de Protección Civil para adicionar el artículo 60 ter (a la primera), y quedar se la siguiente manera: 

“Cometerá desvío de bienes donados a damnificados por siniestros, el servidor público que utilice la posición que su empleo, cargo o comisión le confieren para retener, ocultar o comercializar bienes donados por personas físicas o morales con fines de atender las necesidades de afectados por siniestros establecidos en la Ley General de Protección Civil”. 

Asimismo, la legisladora federal plantea incorporar el “artículo 72 bis” a la Ley General de Protección Civil para quedar de la siguiente forma: 

“La retención, el ocultamiento o venta de productos donados para la atención de damnificados en cualquier tipo de siniestro por parte de servidores públicos, será sancionado en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

Precisó que ese tipo de abusos ocurren porque “no hay disposiciones legales para sancionarlos, aun cuando esa conducta atenta contra la buena fe y la convicción de la ciudadanía interesada en ayudar a quienes son afectados por siniestros.

“Se han conocido casos de servidores públicos que ocultan, desvían y comercializan donaciones en especie, y han quedado impunes porque las leyes de Responsabilidades Administrativas y de Protección Civil no contemplan este supuesto, pero es un hecho que defraudar la convicción solidaria de las personas es un acto que deteriora la confianza de la sociedad para efectuar donaciones”, concluyó.

De salida les informamos que con el propósito de aumentar las sanciones a los delitos relacionados con el robo, la diputada Araceli Celestino Rosas (PT) propuso reformar el Código Penal Federal, a fin de mejorar la legislación para su prevención.  

Plantea establecer en el artículo 368 Bis de dicho ordenamiento que se sancionará con pena de “cinco a doce” años de prisión y hasta “dos” mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en este, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objeto o productos del robo, a sabiendas de estas circunstancias y el valor intrínseco de estos sea superior a quinientas veces el salario.

La iniciativa precisa que, en la actualidad, la pena tipificada para este delito es cárcel de tres a 10 años y hasta mil días multa.

En tanto, la modificación al artículo 368 Ter indica que al que comercialice en forma habitual objetos robados, a sabiendas de estas circunstancias y el valor intrínseco de aquellas sea superior a quinientas veces el salario, se le sancionará con una pena de prisión de “diez a dieciocho” años y de “ciento cincuenta” mil días multa.

Aclara que actualmente la sanción para esta infracción es de seis a trece años de prisión y de cien a mil días multa. 

La legisladora expone en su iniciativa que expertos en materia de seguridad destacan la necesidad de combatir a los grupos delictivos que cometen este tipo de delitos, aprovechándose de las leves penas y multas vigentes.

Rugidos

Sueños Electorales

Sandra Cuevas, alcaldesa de Cuauhtémoc, municipio de la Ciudad de México, anunció sin recato alguno que buscará crear, conformar, construir su propio partido político, con el fin de dar rienda suelta a su deseo de mantenerse en la política y competir para otro cargo de elección popular.

La controvertida alcaldesa a la que el gobierno de la capital del país, le ha intentado fincar responsabilidades por supuestas faltas administrativas, adelantó que no buscará sumarse a los partidos políticos MORENA, PRI ni PAN para competir en la próxima contienda electoral de junio del 2024.

Ante ello, todo parece indicar que su futuro político terminará a mediados del año entrante pues ni el PRD, Movimiento Ciudadano, Partido Verde y mucho menos el Partido del Trabajo la han cobijado e invitado a ser su candidata para algún puesto de elección popular.

Lo mejor que le puede suceder a Sandra Cuevas, es que termine bien su administración al frente de una de los municipios (Cuauhtémoc) más importantes de la Ciudad de México. Su habilidad política, de tenerla, está en juego.


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