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Selva Política

  • MIGUEL BARBA
  • 21 sept
  • 8 Min. de lectura

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+Plantean Diputados Aumentar a 15 Años de Prisión a Quien Cometa Delito de Secuestro

+Este Lunes se Entregará el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables: Azucena Arreola

El diputado Mario Alberto López Hernández (PVEM) a través de una iniciativa plantea reformar el artículo 364 del Código Penal Federal, para aumentar las penas a quien prive a otra persona de su libertad y sancionar hasta con quince años de prisión.

Actualmente dicho artículo del Código establece la sanción de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a cien días de multa, por lo que la reforma propone que sea de diez a quince años y hasta mil días de multa.

La iniciativa, enviada a la Comisión de Justicia, en su exposición de motivos indica que en México el secuestro es uno de los problemas que más afecta a la población, ya que las consecuencias que sufre la persona que se encuentra en situación de víctima, así como las víctimas indirectas, son graves y permanentes, con daños severos no solo en su persona sino también en su patrimonio.

Señala que el delito de secuestro es un acto que implica la privación ilegal de la libertad, el cual pone en riesgo la integridad y vida de la víctima, además de generar afectaciones a la familia y comunidad. La Organización de las Naciones Unidas refiere que “cada caso de secuestro no es solo un delito grave sino también un incidente de carácter crítico y violación que socava los derechos humanos”.

El secuestro es un fenómeno que puede incluir a delincuentes organizados, infractores menores u oportunistas y puede ser motivado por el deseo de lucro, el rencor o la desesperación. Asimismo, conforme pasa el tiempo, los delincuentes se vuelven innovadores y sus métodos se encuentran en constante evolución, destaca.

Explica que existen diversos tipos de secuestro, en los que se encuentra el que es con fines de extorsión que busca exigir una suma de dinero, influir en decisiones empresariales y obtener una ventaja comercial.

Mientras que el de fines políticos o ideológicos, tiene como objetivo destacar una reivindicación particular, crear una atmósfera de inseguridad o reforzarla, obtener publicidad o influir en decisiones de gobiernos u otras entidades.

El expreso se desarrolla cuando la víctima es secuestrada durante un periodo corto, pero suficiente para obtener alguna concesión o ganancia financiera. También, existe el secuestro con fines de explotación sexual, el cual puede incluir el contrabando posterior de las mujeres y los niños a través de las fronteras nacionales.

Otro tipo de secuestro son entre grupos delictivos, el vinculado a disputas familiares o domésticas, el simulado o fraudulento, el “virtual”, en el que inicialmente no hay ningún secuestro, pero se exige un pago con el pretexto de que un familiar ha sido secuestrado y se paga un rescate.

El diputado López Hernández comenta que se han presentado varias movilizaciones sociales en toda la República sobre este delito que tanto aqueja al país.

Considera que no es solo a través de un decreto que van a cambiar las cosas, pero su aplicación efectiva y la prevención son fundamentales para combatir el delito de secuestro.

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En otro tema, la diputada Azucena Arreola Trinidad (Morena), presidenta de la Comisión de Pesca, informó que el lunes 22 de septiembre se realizará en la Cámara de Diputados la entrega del Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, así como el reconocimiento a las Mujeres de Mar: Líderes en Pesca, Acuacultura y Seguridad Alimentaria 2025.

En entrevista, explicó que este reconocimiento se otorga en colaboración con el Gobierno de México, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), el Senado de la República, el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), y la asociación civil Comunidad y Biodiversidad (COBI).

“Estamos realizando este Premio de Pesca y Acuacultura Sustentable 2025 como un reconocimiento a las personas físicas o morales, cuyo esfuerzo se dedica a acciones trascendentales, como de innovación e impacto de buenas prácticas a la pesca y acuacultura sustentables.

“Por ejemplo, al aprovechamiento, a la protección, a la recuperación de los ecosistemas acuáticos y acuícolas, y también como un intercambio de conocimientos hacia la investigación de la pesca y acuacultura sustentables”, detalló.

Comentó que este premio ya se ha entregado en años anteriores, sin embargo, será la primera vez que se realice en las instalaciones de la Cámara de Diputados, y recordó que la convocatoria se hizo en el Senado de la República.

“Llegó el momento de reconocer esta actividad tan importante. Vamos a tener categorías, como es la acuacultura rural, la acuacultura comercial, la pesca rural, la pesca comercial, la investigación pesquera y de acuacultura sustentable.

“Una categoría muy importante que anteriormente no había salido, es un reconocimiento a las mujeres del mar como líderes de la pesca y acuacultura sustentables, también como investigadoras”, externó.

Agregó que en las categorías se reconocerán tanto proyectos de investigación como algunos programas que contribuyen a la economía nacional y la restauración de los ecosistemas acuáticos.

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Por otra parte y con el propósito de establecer que el delito de estupro o la cópula con una persona mayor de quince años y menor de dieciocho años, se persiga de oficio y contemplar agravantes, la diputada Carmen Rocío González Alonso (PAN) impulsa iniciativa que modifica los artículos 262 y 263 del Código Penal Federal.

Las agravantes serían cuando exista una diferencia de edad mayor a cinco años o más entre la persona activa y la víctima, se haya entregado dinero, favores, bienes materiales, drogas u otros beneficios con la finalidad de obtener el consentimiento, y la víctima se encuentre en situación de vulnerabilidad, incluyendo pobreza, abandono, adicción, violencia familiar o discapacidad, y exista embarazo derivado de los hechos.

El documento, enviado a la Comisión de Justicia, también busca derogar el artículo 263 que dice: “en el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo sino por queja del ofendido o de sus representantes”.

González Alonso expone que la reforma permitirá al Ministerio Público actuar sin necesidad de querella en los casos más graves, asegurando que los responsables enfrenten la justicia y se rompa el ciclo de impunidad que actualmente caracteriza este delito, y elimina el artículo que condiciona la procedibilidad penal a la queja de la víctima.

De esta manera --añade-- el Estado mexicano dará un paso firme hacia la protección real y efectiva de niñas y adolescentes, conforme a los más altos estándares constitucionales e internacionales de derechos humanos, pues tiene la obligación de proteger de forma prioritaria y efectiva a niñas, niños y adolescentes frente a cualquier forma de violencia, en particular la violencia sexual.

Argumenta que la reforma permitirá cerrar una puerta estructural a la impunidad en uno de los delitos más invisibilizados, y no busca aumentar penas ni endurecer el derecho penal sin reflexión, sino corregir una omisión que permite la impunidad cuando una menor embarazada o desaparecida ha sido víctima de estupro. La modificación no solo es jurídicamente viable, sino social, ética y humanamente impostergable.

La diputada del PAN puntualiza que durante 2023 se iniciaron 89 mil 253 carpetas de investigación por delitos contra la libertad y la seguridad sexual en todo el país, lo que incluye estupro, violación, abuso sexual y otros ilícitos afines. Ese número representa un aumento significativo en comparación con años anteriores y evidencia el carácter estructural del problema.

De igual modo, los delitos de violación y abuso sexual suelen tener mayor visibilidad. El delito de estupro --definido como la cópula con adolescentes entre 15 y 18 años obtenida mediante engaño-- ocupa una posición especialmente vulnerable en el sistema jurídico mexicano, ya que actualmente solo puede ser perseguido por querella, según lo establece el artículo 263 del Código Penal Federal.

Esa condición procesal --añade-- impide que el Ministerio Público actúe de oficio, incluso cuando hay evidencia clara del delito o la víctima se encuentra bajo condiciones de manipulación, coerción emocional, dependencia económica o violencia estructural.

Menciona que el requerimiento de querella en estos casos no solo perpetúa la impunidad, sino que revictimiza a las adolescentes, al colocarlas en una posición en la que deben iniciar por sí mismas el proceso penal contra su agresor, aun cuando puedan depender de él o carecer de redes de apoyo.

También, en muchas de las carpetas de investigación registradas se identifican situaciones de vulnerabilidad, engaño o manipulación emocional como medios para obtener el consentimiento de las víctimas, especialmente en contextos de marginación y pobreza. Esos patrones coinciden con la conducta típica del estupro, que no es denunciado en la mayoría de los casos y, cuando lo es, no permite una respuesta penal efectiva debido al carácter querellable del delito.

La iniciativa que reforma el párrafo primero, adiciona los incisos a) y d) al artículo 262 y deroga el artículo 263 del Código Penal Federal, en materia de estupro, también la suscriben integrantes del grupo parlamentario del PAN.

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De salida les informamos que en el marco de “Mesa de análisis y cortometrajes: Día Mundial para la Prevención del Suicidio”, el director del Espacio Cultural San Lázaro, Elías Robles Andrade, señaló que el suicidio es un tema muy preocupante para la comunidad internacional, por lo que es preciso cambiar la narrativa que se tiene respecto a las personas que realizan este acto.

“Nos congrega el día de hoy la conmemoración muy importante. Esta efeméride, vale decirlo, se conmemora desde el año 2003, a iniciativa de la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio, en colaboración con la Organización Mundial de la Salud. Y sigue siendo un tema desde entonces bastante relevante, creo que incluso ahora más que preocupante”, indicó.

Refirió que tan sólo en México, según el Inegi, en el 2024 se estimó una tasa de suicidios de 2.6 mujeres por cada 100 mil mujeres y de 11.2 hombres por cada 100 mil hombres. A nivel mundial, se registra una tasa de suicidio de alrededor de 720 mil personas, es decir, cada 40 segundos hay un suicidio en el mundo. Y por cada muerte por suicidio, se calculan 20 intentos más.

“Es decir, es un flagelo, es un lastre a nivel internacional. Esta Asociación Internacional para Prevenir el Suicidio, en colaboración con la Organización Mundial de la Salud, cada año, a propósito de esta conmemoración, establecen un lema y aunque ha sido anual, a partir del 2024 y hasta el 2026, va a tener un carácter trianual, y el lema va a ser ´Cambiar la narrativa sobre el suicidio´”, dijo.

En ese sentido, Robles Andrade señaló que muchas veces en diversos materiales audiovisuales, se promueve una narrativa incluso romántica e idealista del suicidio y hay que cambiar esas narrativas que hacen mucho daño.

Rugidos

¿Justa Medianía?

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Por ningún lado se puede observar, percibir o confirmar la justa medianía en la que deben laborar y vivir los funcionarios públicos como lo ordenó y estableció el líder nacional del MORENA, Andrés López Obrador.

Mucho menos en el Poder Judicial de la Federación se observa esta conducta, luego de que s han comenzado a confirmar los altos salarios y prestaciones económicas para los jueces, magistrados y ministros que van llegando a ocupar sus nuevos puestos.

Nada, nada, nada de vivir en la justa medía y, mucho menos en la pobreza franciscana como lo pedía y pregonaba el ex presidente López Obrador que criticaba y califica de “ambiciosos vulgares”  a todo aquel que intentaba ganar un salario mayor al del Presidente de la República.

Ni duda cabe que los jueces, magistrados y ministros que van llegando, serán sentados en el banquillo de los acusados, ante las prebendas que se están asignando. Al tiempo.

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