Selva Política
- MIGUEL BARBA
- 30 sept
- 7 Min. de lectura

*Buscan Reformas el Acceso Libre y Gratuito a Playas y Areas Naturales Protegidas
*Aprueban Prohibir la Venta de Bebidas Energetizantes a Menores de 18 Años
El presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Ricardo Monreal Ávila, señaló que las modificaciones a la Ley General de Bienes Nacionales y a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente buscan el acceso libre y gratuito a playas y áreas naturales protegidas.
Al acudir a la reunión de la Comisión de Turismo con el propósito de solicitarles a sus integrantes el respaldo a su iniciativa en la materia, expresó que la privatización indirecta del patrimonio natural nacional no puede permitirse; por eso, se plantea esta problemática, pero también una solución para que estos derechos constitucionales se ejerzan de manera plena.
Recordó que la propuesta, que adiciona diversas disposiciones de las leyes generales de Bienes Nacionales y del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, fue presentada por él y por el diputado Enrique Vázquez Navarro (Morena), y también tiene varios autores provenientes de varios estados del país, desde Chiapas hasta Jalisco o Veracruz o Sinaloa, Sonora incluyendo Quintana Roo.
Indicó que este tema es relevante, pues plantea el reforzamiento del marco normativo para garantizar el acceso libre y gratuito, permanente e irrestricto a las playas y áreas naturales protegidas y la necesidad urgente de armonizar este derecho con la tutela ecológica y los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política, creando un modelo de conservación incluyente.
México --recordó-- posee una gran diversidad y abundancia de recursos naturales. Cuenta con más de 12 mil kilómetros de litorales, su patrimonio en diversidad es inacabable. “Sí se acaba, porque la mano del hombre es destructiva, pero es incalculable y en muchas zonas se encuentra salvaguardado por la figura de áreas naturales protegidas”.
Añadió que en la última década esa figura ha generado restricciones que limitan el acceso libre e igualitario a las playas que son públicas. “El acceso libre y gratuito a las playas no es solo una cuestión de recreación, se trata de un derecho humano ligado a la igualdad, a la libertad de tránsito y al disfrute del medio ambiente sano”.
Montreal Ávila comentó que la figura jurídica de áreas naturales protegidas ha sido eficaz en la defensa y la protección de los bienes nacionales; sin embargo, algunas de estas áreas también han generado inconformidad, negando el acceso a playas que deben ser públicas y estableciendo incluso pagos difíciles de cubrir por una persona modesta.
Mencionó el problema que tienen todas las áreas protegidas por la falta de recursos económicos y por eso se ven obligados a cobrar algunas áreas protegidas porque de ahí pagan empleados, a personal o algunas de las necesidades que se requieren para mantenerlas cuidadas.
Relató que este año el Presupuesto contempla una cantidad de recursos para esas áreas; no obstante, en la reasignación “yo estoy planteando, y lo vamos a plantear a las comisiones, que se incorporen cuando menos 500 millones de pesos de las reasignaciones a estas áreas naturales protegidas”. El Estado --argumentó-- tiene que hacerse cargo de estas áreas y los ciudadanos tienen que disfrutar plenamente del ejercicio libre de tránsito y que pueda disfrutarse con su familia.
Destacó que es una iniciativa noble “que puede generar muchas de las soluciones que se están planteando y evitar las molestias que se generan cuando entes privados, incluso sociedades morales o dueños de hoteles o concesionarios, niegan el acceso libre y el crédito de personas a nuestros recursos naturales que son recursos de la nación”.
En la reunión de la Comisión de Turismo, el diputado Monreal entregó un documento para confirmar y reforzar sus argumentos en favor de la iniciativa, ya que el “turismo es una de nuestras metas en el reforzamiento y en el apoyo por parte del Poder Legislativo”.
Puntualizó que el turismo se ha incrementado en el último año con la presencia de la presidenta de la República y como titular del Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo. “Tenemos lugares extraordinarios de visita, pero también los nacionales y extranjeros necesitan gozar de las áreas naturales protegidas y de nuestras playas”.
Planteó la posibilidad de que se pudiera tener la ley actualizada antes del mundial; es una ley muy importante y clave que, si se aprueba hoy, se subirá al pleno para su dictamen y se discutirá.
También, informó que la dará a conocer en sus redes sociales, a fin de que la ciudadanía que quiera profundizar el tema lo haga y pueda darse cuenta de esta propuesta para el acceso gratuito a playas y a áreas protegidas, áreas naturales protegidas.
En otro tema, la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 401 votos, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de prohibir la venta y suministro de bebidas energetizantes a personas menores de 18 años. Fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.
El diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, recordó que es una reforma que se plantea a tres artículos: 215, 216 y 419 de la Ley General de Salud.
Expresó que “es una iniciativa que plantea atender un problema grave, desde mi punto de vista, es el consumo creciente de bebidas energetizantes en menores de edad y en todo público y toda población, “pero lo que nos interesa en este momento es proteger la salud de los jóvenes menores de 18 años”.
Se aceptaron las modificaciones del diputado Ricardo Monreal, quien, quien dijo que la reserva enriquece la iniciativa y también la firma el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), ya que “en el momento de ir a defender la iniciativa a la Comisión de Salud, nos fue planteada una serie de adiciones que enriquecen la iniciativa y que estoy presentando”.
Estas reservas que se presentan --aseguró-- están orientadas a acompañar los esfuerzos que desde el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se han implementado para mejorar la salud y la alimentación de la población; en esta ocasión, busca reducir el impacto que tienen estas bebidas sobre el bienestar de los mexicanos y de las mexicanas en general, pero en particular de los grupos que son especialmente susceptibles a los efectos nocivos que tienen estas bebidas.
Expuso que la reserva propone ampliar el espectro de sustancias estimulantes que pueden tener las bebidas energetizantes y que no están enumeradas en una lista en particular, sino permitiendo que la Secretaría de Salud, que es donde están los expertos en la materia, determinen qué sustancias y qué mezclas de estas deben ser consideradas como energetizantes.
Añadió que la propuesta también busca homologar los estándares internacionales por la Norma Oficial Mexicana que emite la Secretaría de Salud, pero también esa Secretaría debe corresponsabilizarse con esta medida legislativa que, “de aprobarse hoy, estaríamos dándole vida a una de las exigencias que siento más preocupantes de los padres de familia: el consumo de estas bebidas energetizantes y la mezcla de estas bebidas con alcohol o con bebidas que contienen alto contenido de alcohol”.
Por eso, consideró importante atender la salud, no solo física, terapéutica sino también mental, ya que los efectos que causan estas bebidas son verdaderamente graves y muy preocupantes, y por eso es obligación del legislador prever que no se siga dañando a la niñez y a las y los jóvenes en el consumo de estas bebidas energetizantes.
Reformas a la Ley General de Salud
El dictamen define a las bebidas energetizantes como las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares las cuales serán determinadas por la Secretaría de Salud, conforme a la Norma Oficial Mexicana en la materia y estándares internacionales reconocidos.
Menciona que la Secretaría de Salud establecerá las diferentes categorías de bebidas energetizantes en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, conforme a los estándares internacionales reconocidos, a fin de catalogar las que ameriten restricciones de consumo en determinadas poblaciones, alertas sanitarias específicas o restricciones para su publicidad o comercialización. Esta clasificación será compatible y armonizada con las definiciones establecidas en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción Servicios.
Indica que queda prohibida la venta y suministro de bebidas energetizantes a personas menores de 18 años en establecimientos comerciales y mercantiles, sancionado en los términos previstos en el artículo 419 de esta Ley. La prohibición será aplicable a las categorías de bebidas energetizantes que la Secretaría de Salud determine en la Norma Oficial Mexicana correspondiente como de alto riesgo para menores de edad.
Precisa que los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad mediante identificación oficial válida antes de efectuar la venta.
Advierte que quienes incumplan con esa prohibición serán sancionados en los términos previstos en el artículo 419 de esta Ley, es decir con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización. En los artículos transitorios señala que la Secretaría de Salud expedirá la Norma Oficial Mexicana que establece las categorías, ingredientes, concentraciones máximas permitidas y especificaciones técnicas de las bebidas energetizantes, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Además, la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General, desarrollará campañas informativas sobre los riesgos del consumo de bebidas energetizantes en menores y grupos vulnerables, las cuales deberán implementarse en un plazo no mayor a 12 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Rugidos
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