- AGENCIAS
Siguen los problemas
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 79/2020 a la directora general de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), Ana Gabriela Guevara Espinoza, tras acreditar violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, por el incumplimiento de un laudo emitido el 15 de enero de 2019, mediante el cual se condenó a la CONADE a reinstalar a una persona en el puesto de Chofer Mensajero que venía desempeñando hasta antes de su despido.
Esta Comisión Nacional constató la falta de actuación por parte de personas servidoras públicas de la CONADE para gestionar, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los recursos para los pagos correspondientes al laudo y la creación de la plaza para la reincorporación de la víctima, por lo cual, se considera que actuaron fuera de las directrices que los rigen.
Por este caso, la CNDH emitió cinco puntos recomendatorios, entre los que destaca, se proceda a la reparación del daño ocasionado a la víctima, en los términos de la Ley General de Víctimas, para que sin más dilación se cumpla el laudo al que fue condenada la CONADE, mismo que comprende el pago de salarios caídos y devengados, el pago de primas vacacionales y aguinaldos generados del 9 de noviembre de 2015 al 12 de enero de 2016, así como del 13 de enero de 2016 al 10 de enero de 2019, y del 11 de enero de 2019 hasta que sea reinstalado; inscribir a la víctima y pagar las aportaciones a su favor ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), así como el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE), y reconocer su antigüedad generada en la CONADE del 9 de noviembre de 2015 hasta que sea reinstalado.
También se solicita diseñar e impartir, en un plazo de tres meses, un curso integral de capacitación sobre el derecho a la legalidad y seguridad jurídica, acceso a la justicia y al plazo razonable, dirigido al personal de mando medio y superior de la Coordinación de Normatividad y Asuntos Jurídicos, así como de la Subdirección de Administración de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y se envíen a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.
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