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Trabajadores adolescentes agrícolas en Chiapas, desprotegidos ante la nueva reforma a la LFT

  • RUBÉN PÉREZ
  • 6 mar 2022
  • 2 Min. de lectura

Tuxtla.- De acuerdo con la organización Save The Children en México, la reforma a la Ley Federal del Trabajo que permite la labor de adolescentes en el sector agrícola es un retroceso en la garantía de derechos a ese sector de la población, pues carece de mecanismos para garantizar su seguridad e integridad.

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El pasado 23 de febrero, el Senado aprobó una minuta que reforma el artículo 176 fracción II numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo cuyo objetivo es legalizar el trabajo de las y los adolescentes de 15 a 17 años en el sector agrícola.

Este cambio “puede significar una violación al compromiso de no derogación de cláusulas de protección establecido en el capítulo 23 del T-MEC, y representar una amenaza al comercio de exportación mexicano”, advierte esa ONG.

Para la organización, el enfoque de la reforma se centra en la legalización del trabajo adolescente en el sector agrícola, sin proponer mecanismos, recursos y reformas adicionales que garanticen que su incorporación se realice en apego a lo que señala la Ley, priorizando su integridad, seguridad y sano desarrollo.

“Es obligación del Estado mexicano dar a las y los adolescentes las oportunidades necesarias para desarrollarse, pero no a costa de su salud e integridad”.

Por ello, considera de suma importancia que el Ejecutivo federal haga uso de su facultad de veto, hasta en tanto no se generen los cambios legislativos, y de políticas y presupuesto público para garantizar el cumplimiento de los derechos de adolescentes.

Llama a México a “incluir de forma expresa en la Ley, la obligación de los empleadores (patrón) de dar de alta en el seguro social a las y los adolescentes trabajadores en edad permitida. Homologar la jornada laboral para adolescentes trabajadores a seis horas, asegurando que tengan tiempo suficiente para realizar tareas escolares, de descanso, juego y esparcimiento”.

Save The Children explica que la integración de adolescentes trabajadores en edad permitida a los sectores productivos debe hacerse de forma responsable, paulatina y posterior a un proceso de revisión y fortalecimiento de los mecanismos de protección en el cual se involucren gobierno, sector privado y sociedad civil, a fin de que se garantice la protección integral de sus derechos.

“La aprobación de esta reforma presenta un reto para construir contextos seguros que brinden oportunidades a las y los adolescentes a fin de que cuenten con las herramientas necesarias para tener un buen presente y un mejor futuro”.

La prohibición del trabajo adolescente en actividades agrícolas se introdujo en nuestra legislación en noviembre de 2012 como resultado de la ratificación de dos Convenios de la OIT, por un lado, el Convenio 138, que establece los 15 años como la edad mínima para trabajar y, por el otro, el Convenio 182, sobre las peores formas de trabajo infantil, que señala como una de las peores formas toda aquella actividad que por su naturaleza o condiciones es probable que dañe la salud, seguridad o moralidad de las niñas, niños y adolescentes.

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