La Columna: Los pisos judiciales
- EDITORIAL
- 11 abr
- 4 Min. de lectura

Este año se elegirán puestos clave para la impartición de justicia en nuestro país. Sin embargo, nos enfrentamos a la falta de conocimiento de las funciones de cada uno de los puestos que integran el Poder Judicial Federal por parte de la población votante. Es posible identificar varios factores que representan obstáculos para que la ciudadanía comprenda del todo cómo opera el sistema judicial mexicano. Algunos factores pueden ser la complejidad del sistema, ante el uso de términos técnicos y procedimientos complejos, además de una menor presencia y distancia enorme con la ciudadanía, a diferencia de los Poderes Legislativo y Ejecutivo (se percibe como distante, formal, caro y exclusivo) y por último, la exagerada complejidad de las leyes. A ello se añaden confusiones entre instituciones y sus funciones. Por ejemplo, la existencia de instituciones como la “Policía Judicial” creó el imaginario de imprecisiones como que la policía forma parte del Poder Judicial (en realidad forma parte del Ejecutivo) o que las juezas y jueces son los encargados de hacer las investigaciones para perseguir delitos. Para explicar mejor las funciones de los tres cargos principales del Poder Judicial Federal proponemos la analogía de un edificio que consta de tres pisos: Primer piso: Juzgados de Distrito. Es el juez o jueza que te recibe al entrar al edificio. Por lo tanto, será la primera autoridad que recibirá tu demanda, conocerá de tu asunto y se encargará de resolver los conflictos que le presentemos, es decir, emitir una sentencia. Algunos pueden ser especializados por materias (penal, civil, administrativa, de trabajo, entre otras) o mixtos (resuelven los asuntos de cualquier materia). Segundo piso: Tribunales Colegiados de Circuito. En caso de considerar que la sentencia que fue emitida en primera instancia (primer piso) es injusta o creas que existieron errores, tienes la posibilidad de acudir al segundo piso, donde se encuentran los Tribunales Colegiados de Circuito. Cada Tribunal se integra por 3 magistrados o magistradas, con la finalidad de disminuir posibilidades de que se emitan sentencias arbitrarias o detectar cualquier irregularidad. Estos magistrados serán los responsables de revisar y en su caso, confirmar que el juez tenía la razón o modificar la sentencia. A diferencia de los Juzgados de Distrito, en este caso se llevan a cabo audiencias públicas (que pueden ser consultadas por internet) en donde cada magistrado expone las razones por las que cree que el juez tenía razón o estaba equivocado y al final se realiza una votación. Gana quien obtenga la mayoría de votos. Tercer piso: Suprema Corte de Justicia de la Nación. Si el primer piso (Juzgado de Distrito) es el responsable de recibir demandas, analizar y emitir las sentencias y el segundo piso es quien revisa que no existan errores y en su caso, los corrige, ¿para qué existe la Suprema Corte? Bueno, el tercer piso se encarga de resolver casos más complejos o relevantes para el país. Accedemos al tercer piso cuando los Tribunales Colegiados o los Ministros de la Suprema Corte consideran que es necesario un análisis más profundo, debido a que no existen casos similares o las repercusiones políticas o económicas afectarían a gran parte de la población.

Esta es la última instancia en México, una vez que llega un caso a la Corte y es resuelto, ya no hay otra instancia en el país. Por lo tanto, cuando llega un caso hasta la Suprema Corte existirá un análisis minucioso y detallado con la finalidad de evitar que se vulneren los derechos humanos, se preserve el orden legal, se frenen abusos de autoridad y pueden encargarse de obligar a las autoridades a respetar las sentencias cuando se nieguen a cumplir. Las decisiones de la Corte pueden generar criterios que las otras autoridades (Juzgados o Tribunales) deben utilizar al resolver casos similares. Además de juicios de amparo, es la única instancia que puede resolver las controversias constitucionales (invasión a las competencias entre autoridades) y acciones de inconstitucionalidad (analiza si una norma vulnera la Constitución). Esta analogía simplifica el mundo del Poder Judicial, cuyos órganos se encuentran en cada estado de la República (llamados “circuitos judiciales”). Aunque no juzgan sólo en el estado en el que se encuentran, es decir, un juzgado de Baja California puede protegernos contra actos de autoridad que fueron ordenados en la Ciudad de México (como el IMSS, el SAT, o cualquier institución que se encuentre en esta Ciudad). Por lo tanto, carece de sentido que los cargos federales se dividieran arbitrariamente como lo hizo el INE, ya que genera mayor confusión sobre la integración y función del Poder Judicial. Los jueces que sean votados en Iztapalapa o Benito Juárez no resolverán sólo para estas alcaldías. Debemos recordar que la promesa de estas elecciones era la creación de un Poder Judicial cercano a la ciudadanía, libre de nepotismo, sin corrupción y ágil. Sin embargo, ni en la regulación o ejecución de las elecciones encontramos elementos encaminados a la creación de un nuevo Poder Judicial con todas estas características. En cambio, tenemos reglas para las campañas que fomentan la colusión de los candidatos con grupos políticos o económicos con poder, y diluyen el entendimiento de cómo debe operar un Poder Judicial. Un ejemplo preocupante sobre la desinformación de las funciones del Poder Judicial son las propuestas de los candidatos que no pueden cumplir, entre las que se encuentra la modificación de leyes o planes de estudio, cuando son facultades que sólo le corresponde al Poder Legislativo o universidades.
Comments