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Tribunal de Brasil prohíbe que los feminicidas apelen a la "defensa de la honra"

  • EFE
  • 1 ago 2023
  • 2 Min. de lectura

Brasilia.-El Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró inconstitucional este martes el uso de la tesis de la "legítima defensa de la honra" para justificar el asesinato de mujeres a manos de sus parejas.


El pleno del máximo tribunal consideró de forma unánime que esta tesis es contraria a los principios de igualdad de género, dignidad humana y protección a la vida previstos en la Constitución, por lo que prohibió su uso directo o indirecto durante los juicios.

La tesis era invocada a veces en casos de feminicidios, sobre todo en aquellos llevados ante jurados populares, para defender al hombre acusado de asesinar a su pareja, bajo el argumento de que las relaciones extramaritales de ella habían herido su honra.

El relator del proyecto, el magistrado José Antonio Dias Toffoli, había sostenido en junio en una sesión previa que la "legítima defensa de la honra" no tenía nada que ver con el concepto de "legítima defensa" que recoge el Código Penal brasileño frente a las agresiones físicas.

En su voto a favor de tumbar la tesis, la presidenta del Supremo, la magistrada Rosa Weber, se refirió este martes a "Gabriela, clavo y canela", la célebre novela del escritor brasileño Jorge Amado en la que se narra el asesinato de una mujer a manos de un esposo celoso.

"No hay espacio en el contexto de una sociedad democrática, libre, justa y solidaria, fundada en el principio de la dignidad humana, para restaurar las costumbres medievales del pasado de las cuales tantas mujeres fueron víctimas", señaló.

La idea de la "legítima defensa de la honra" reflejaba, según Weber, "la expresión de los valores de una sociedad patriarcal, arcaica y autoritaria" que justificaba los feminicidios con base a la "superioridad" del hombre.

El juicio responde a una acción judicial iniciada por el Partido Democrático Laboral (PDT, por sus siglas en portugués) en contra de la constitucionalidad de la tesis, posición compartida por la Fiscalía General de la República.

Con la votación de este martes, la Suprema Corte confirma una decisión preliminar de 2021 que iba en el mismo sentido y, de esta manera, da por zanjado el asunto.

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